DON SANTIAGO MANTECON LASO, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE CASTAÑEDA
(CANTABRIA)
CONVOCATORIA AYUDAS AL ESTUDIO
CURSO ESCOLAR 2014-2015
BASES
1.-BENEFICIARIOS.-
Todas las personas del Municipio, que cumplan los siguientes requisitos:
a).-La unidad familiar deberá estar censada en el Padrón Municipal y residir en el mismo.
b).-Hallarse al corriente en el pago de las Tasas, Impuestos y precios públicos municipales.
c).-Los estudios, se realizarán en Centros Públicos o concertados.
d).-Los beneficiarios de las ayudas para Libros y material escolar serán los niñ@s escolarizados en el C.E.I.P. “El Haya” de Villabañez (CASTAÑEDA).
e).- Las Ayudas podrán ser solicitadas por las familias de los alumnos cuya renta en el año 2013 no haya superado los siguientes umbrales:
UNIDAD FAMILIAR AYUDAS A AYUDAS PARA LIBROS Y
Nº MIEMBROS ESTUDIOS MATERIAL / COMEDOR
1 Miembro Computable……………………….. 12.975.-Euros……………………………….. 11.072.-€uros
2 Miembro Computable……………………….. 20.758.-Euros……………………………….. 16.778.-€uros
3 Miembro Computable……………………….. 27.455.-Euros……………………………….. 21.407.-€uros
4 Miembro Computable……………………….. 32.392.-Euros……………………………….. 25.020.-€uros
5 Miembro Computable……………………….. 35.803.-Euros……………………………….. 28.123.-€uros
6 Miembro Computable……………………….. 38.468.-Euros……………………………….. 31.120.-€uros
Nota.- Como umbral patrimonial que no deben sobrepasar se fija un máximo de 1.840,76 euros para intereses bancarios o rendimientos del capital mobiliario y de 43.800 euros de valor catastral para fincas urbanas, excluida la vivienda habitual.
2.-PROCEDIMIENTO.:
A).-Las solicitudes deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, en el modelo que se les facilitará en el mismo.
B).-El plazo de presentación de las solicitudes, será del 20 al 31 de Octubre de 2014.
C).-El plazo para resolver las solicitudes, será del 3 al 14 de Noviembre de 2014.
D).-Las listas provisionales, serán expuestas al público del 17 al 21 de Noviembre de 2014.
E).-Las listas definitivas aprobadas por el Pleno se publicaran antes del 12 de Diciembre de 2014.
F).-Las ayudas se harán efectivas antes del 19 de Diciembre de 2014.
G).-Al cobro de las ayudas, el beneficiario, deberá presentar justificante de estar realizando estudios en ese momento.
H).-Cualquier anomalía o falta de documentación, anulará la solicitud.
I).-La Comisión Especial de Ayudas al Estudio es el único órgano con capacidad para valorar, seleccionar y proponer al pleno las ayudas, en base a la documentación recibida y a sus propios criterios en caso de duda, aplicando las bases creadas al efecto.
J).-La Comisión se reserva el derecho de interpretar las bases, pudiendo requerir a los solicitantes cuantos documentos considere oportunos para verificar los datos aportados.
.-En caso de existir más solicitudes que ayudas a conceder, se otorgarán éstas por riguroso orden, tomando las baremaciones de mayor a menor. En caso de empate, se resolverá a favor del que tenga menor renta y mayor número de hijos.
L).-La Comisión, propondrá al pleno las ayudas a conceder para que este las apruebe, en su caso, definitivamente.
3.-APLICACIONES.-
a).-Estudios Universitarios, incluidos cursos final de Carrera y posgraduados.
b).-Estudios Ciclos Formativos Superiores.
c).- Estudios Medios (Bachillerato, Ciclos Formativos Medios, Módulos).
d).-Ayudas Especiales concedidas a aquellos beneficiarios, que por problemas físicos o psíquicos, estén recibiendo una formación especial. (No se considera formación especial la impartida en Centros Oficiales, o las clases particulares).
e).-Ayudas a compra de libros y material escolar (Primaria).
4.-DOCUMENTACIÓN.-
A.-CON CARÁCTER GENERAL:
a).-Solicitud dirigida al Sr. Alcalde.
b).-Copia cotejada de la declaración del I.R.P.F., de todos los miembros computables que convivan en la Unidad Familiar en el caso de hacerlas.
c).-Los ingresos no sujetos a impuestos (pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, indemnizaciones por despido, etc.), retribuciones inferiores al mínimo exento, deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente.
d).-Cuando haya ascendientes que formen parte de la unidad familiar deberán aportar, junto al Certificado de empadronamiento del ejercicio 2014, el justificante de no percepción de pensión o del importe de la misma, expedido por el organismo correspondiente.
e).-En autónomos se exigirá volumen de ingresos y gastos, o cualquier documento oficial que a acredite los ingresos anuales.
f).-Copia cotejada de declaración por el Impuesto sobre el patrimonio, Impuesto sobre el valor añadido, Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos. Estos documentos sólo en el caso de las personas que las tengan.
g).-Certificación de residencia, empadronamiento y convivencia.
h).-Copia cotejada del libro de familia y título de familia numerosa en su caso.
B.-CON CARÁCTER ESPECIFICO:
a).-En estudios Universitarios y Ciclos Superiores: Justificante de la entidad bancaria del pago de la matrícula del año actual y asignaturas objeto de la matrícula.
b).-En estudios Medios: Libro de calificaciones y justificante de matrícula.
c).-En ayudas Especiales: Certificado de estar recibiendo clases especiales y facturas.
d).-En ayudas para compra de libros y material escolar: Certificado de matrícula y facturas de la compra del material.
5.-RESTRICCIONES.-
a).-Las ayudas concedidas por esta convocatoria a excepción de las universitarias, son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que puedan recibirse del Ministerio de Educación y Cultura u otras entidades o personas, públicas o privadas.
b).-Las ayudas especiales son compatibles con otras ayudas de esta convocatoria.
c).-En Estudios Universitarios no se concederán más ayudas al beneficiario que años dure la
carrera.
6.-BAREMOS:
a).-Por Renta de la Unidad familiar(1).:
-Ingresos inferiores a 9.500.-Euros……………………………………………………….. 3 PUNTOS
-Ingresos de 9.501 a 15.000.-Euros…………………………………………………………2 PUNTOS
-Ingresos de 15.001 a 22.000.-Euros……………………………………………………… 1 PUNTO
-Ingresos superiores a 22.000.-Euros…………………………………………………… 0 PUNTOS
b).-Por Familia.:
-Con más de Tres hijos ( Computables(2) )…………………………………………….. 3 PUNTOS
-Con Tres hijos…………………………………………………………………………………… 2 PUNTOS
-Con Dos hijos…………………………………………………………………………………… 1 PUNTO
-Con Un hijo……………………………………………………………………………………… 0 PUNTOS
c).-Por Notas Académicas.:
-Matricula de Honor y Sobresaliente……………………………………………………. 3 PUNTOS
-Notable…………………………………………………………………………………………… 2 PUNTOS
-Bien y Aprobado……………………………………………………………………………… 1 PUNTO
-Suspenso o No presentado……………………………………………………………….. 0 PUNTOS
d).-Por estar fuera del municipio o región:
-Como consecuencia de no existir modalidad en la región……………………. 2 PUNTOS
-Como consecuencia de no existir modalidad en el municipio………………. 1 PUNTO
-Existiendo modalidad y plaza en municipio o región………………………….. 0 PUNTOS
NOTAS:
(1.-Renta de la Unidad familiar = renta familiar disponible que se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
(2).-Se consideran miembros computables, el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de veintiséis años y que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.
7.-CUANTÍA, NÚMERO Y PRESUPUESTO DESGLOSADO DE LAS AYUDAS.-
ESTUDIOS EN CURSO 2014/2015 | CUANTIA | NÚMERO | IMPORTE |
Estudios Superiores en Cantabria o fuera de Cantabria (]*). | 300 € | 5 | 1.400 € |
Estudios Grado Superior en Cantabria o fuera de Cantabria | 200 € | 1 | 200 € |
Estudios Grado Medio en Castañeda o fuera de Castañeda (*) | 150 € | 5 | 750 € |
Ayudas Especiales | 250 € | 3 | 750 € |
Ayudas Libros y material escolar. | 100 € | 9 | 900 € |
PRESUPUESTO TOTAL | 4.000€ |
Notas.-
(*) por no existir Estudios Universitarios o Medios de dichas especialidades en Cantabria, Castañed
8.-DISPOSICION FINAL.-Se revisarán las bases anualmente.”
Castañeda, 20 de octubre de 2014.
EL ALCALDE,
Fdo. SANTIAGO MANTECÓN LASO.